Calendario fiscal 2026: plazos de Hacienda mes a mes

✅ Verificado el 6 de octubre de 2026. Fuente: Calendario del contribuyente 2026 de la Agencia Tributaria (AEAT). Esta página es informativa: ante cualquier duda, consulta la sede electrónica de la AEAT o a tu asesor.

Plazos que quedan en 2026

Hasta el…Qué hay que presentarA quién afecta
20 de octubreDeclaraciones del 3.er trimestre: IVA (303), pagos fraccionados de IRPF (130 y 131) y retenciones (111 y 115)Autónomos y empresas
30 de octubreIVA mensual de septiembreEmpresas en régimen mensual
2 de noviembreÚltimo día para domiciliar el 2.º plazo de la RentaQuien fraccionó la Renta
5 de noviembrePago del 2.º plazo de la Renta (40 %)Quien fraccionó la Renta
20 de noviembreRetenciones e IVA mensual de octubreEmpresas en régimen mensual
30 de noviembreIVA mensual de octubreEmpresas en régimen mensual
21 de diciembrePago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202). El día 20 es domingoEmpresas
30 de diciembreIVA mensual de noviembreEmpresas en régimen mensual

El ciclo fiscal de cada año

  • Trimestrales (IVA y retenciones): del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre del año anterior.
  • Modelo 720 (bienes en el extranjero): del 1 de enero al 31 de marzo.
  • Campaña de la Renta: de principios de abril al 30 de junio. En 2026 fue del 8 de abril al 30 de junio.
  • Impuesto sobre Sociedades (modelo 200): los 25 primeros días naturales de julio.
  • Agosto: sin plazos generales trimestrales.

¿Y el calendario fiscal 2027?

La Agencia Tributaria publica el calendario del año siguiente cada mes de diciembre. En cuanto salga el de 2027 lo añadiremos aquí con todas las fechas exactas. Si un plazo termina en sábado, domingo o festivo nacional, se traslada al siguiente día hábil.

Novedades y normas que conviene conocer

  • Verifactu: los programas de facturación deberán cumplirlo desde el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (autónomos). Más información.
  • Presentar fuera de plazo: sin requerimiento de Hacienda, el recargo es del 1 % más un 1 % por mes de retraso, hasta un 15 % pasado un año. Cómo se calcula.
  • Plazos en día inhábil: si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, pasa al siguiente día hábil.
  • Domiciliación: el plazo para domiciliar el pago cierra unos días antes que el de presentación.
  • Modelo 291: se ha suprimido; la última declaración fue la de 2025, presentada hasta el 2 de febrero de 2026.